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¿Cómo proceder con una sucesión?

Devolución
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¿Cómo proceder con una sucesión?

"Cuando el difunto no ha hecho testamento, su propiedad va a sus descendientes (hijo, nieto, bisnieto) y a su cónyuge si estaba casado. Cuando el fallecido ha hecho testamento, debe reservar parte de su patrimonio para sus descendientes. Puede asignar libremente la parte restante (en beneficio de un heredero o de un tercero)". - https://www.service-public.fr/

¿Cómo declarar una herencia?

Debe presentar una declaración de sucesión dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de fallecimiento si ocurre en Francia. Se prevé un período de 12 meses para las muertes ocurridas fuera de Francia (excepto en casos especiales para Mayotte y Reunión).
Sin embargo, la presentación de la declaración no es obligatoria cuando los activos brutos del patrimonio (es decir, todos los activos antes de la deducción de deudas) son inferiores a:
  • 50.000 euros para una transmisión en beneficio de los herederos directos y el cónyuge supérstite, siempre que no se hayan beneficiado previamente de una donación no registrada o no declarada o de una donación manual del fallecido;
  • 3.000 € para los demás herederos.

La declaración sucesoria se realiza mediante los modelos 2705-SD, 2705-S-SD y 2705-A-SD o cerfa 11277, cerfa 12322 y cerfa 12321, accesibles en nuestra página web o en la de tributos.     

Sucesión bloqueada por un heredero durante la partición, ¿qué hacer?

Después de tensiones sobre la aceptación o no de la sucesión, es común que la división de lotes genere tensiones.
Por lo tanto, compartir puede tener lugar:
  • De manera amistosa con el notario
  • Por asignación preferente : se trata de una solicitud especial de uno de los herederos al juez para obtener un lote particular (residencia principal del cónyuge vivo, ejercicio de una actividad profesional, etc.)
  • Por atribución eliminatoria : se trata de un heredero que desea dejar una división 
  • A través de una división judicial : si no se ha llegado a un acuerdo amistoso o si un copropietario bloquea la división, es necesario recurrir al tribunal de grande instance para una división judicial si los bienes de la herencia superan los 10.000 €. 

¿Cómo salir de la copropiedad?

El artículo 815 del Código Civil establece: "Nadie podrá ser obligado a permanecer en copropiedad". Por lo tanto, tiene derecho a vender o transferir sus acciones y, por lo tanto, salir de la propiedad conjunta.
Las acciones pueden transferirse a un segundo copropietario o a un tercero no relacionado con la copropiedad. En todos los casos, los demás herederos tienen derecho de suscripción preferente (artículo 815-14 del Código Civil)
Para vender una propiedad indivisa, le recomendamos que haga una estimación justa de su valor.

¿Cómo vender una propiedad durante una herencia?

1.As único heredero

Basta con llamar a un notario que establezca el certificado de bienes raíces. Es la escritura notarial la que formaliza legalmente la transmisión de la vivienda y te convierte en el nuevo propietario.

La ley regula este procedimiento y su fijación de precios. 
  • El notario primero debe buscar un testamento
  • Debe redactar actas de apertura y descripción del testamento
  • Prepara el acta de notoriedad que enumera a los herederos y legatarios
  • El heredero y el notario reúnen todos los elementos del causante, el patrimonio y los bienes inmuebles si los hay.
  • El heredero tiene entonces 3 soluciones: renunciar a la sucesión, aceptarla parcialmente o aceptarla en su totalidad
  • El notario da fe así de la propiedad del patrimonio que le permite escribir el certificado de propiedad inmobiliaria
  • Dentro de los 6 meses posteriores a la muerte del fallecido, el heredero debe declarar la sucesión. y debe pagar el impuesto de sucesiones que se paga a la oficina de impuestos.
  • El heredero o legatario puede así vender la propiedad


2.In el caso de herederos múltiples

Cada heredero debe dar su consentimiento para la venta de una propiedad indivisa. 

Sin embargo, según la reforma sucesoria (ley de 12 de mayo de 2009), si varios herederos tienen un total de dos tercios de las acciones de la copropiedad, tienen derecho a recurrir ante el tribunal de grande instance. Este último puede autorizar la venta de los bienes del fallecido.

Antes de remitir el asunto al Tribunal Judicial, es obligatoria la llamada a un notario. En el caso de que los demás herederos no se presenten (en el plazo de tres meses), el notario redacta un informe.

Si el proyecto no afecta a los derechos de los demás herederos (1/3), el Tribunal Judicial puede autorizar la transmisión.

¿Cómo liquidar una herencia cuando el heredero es menor de edad o un adulto protegido?


Si usted es el representante de un menor (padres o tutor) o un adulto protegido (tutor, curador, persona autorizada) que hereda, entonces debe liquidar el patrimonio en nombre de la persona que representa.

Puede elegir entre 3 soluciones. Esto se llama la opción de patrimonio :
  • Aceptar la sucesión directamente
  • Aceptar el patrimonio hasta los activos netos
  • Renuncia a la sucesión

Toda la información aquí: https://www.demarches.interieur.gouv.fr/particuliers/comment-regler-succession-heritier-mineur-majeur-protégé

¿Cómo calcular el impuesto de sucesiones?

¿Cuánto tiempo tiene el notario para liquidar una herencia ?

La intervención de un notario no es sistemática. La ley establece que un notario debe intervenir necesariamente en ciertos casos, a saber:
  • Cuando la herencia incluya al menos un bien inmueble.
  • Si el fallecido había firmado un contrato de matrimonio, o redactado un testamento o hecho una donación entre cónyuges, o hecho regalos durante su vida.
  • Cuando los bienes patrimoniales superen los 5.000 euros.
En principio, y de acuerdo con las normas legales y fiscales aplicables,  el notario dispone de un plazo de 6 meses desde el fallecimiento del "de cujus" para liquidar una sucesión. 

Este período también corresponde al tiempo disponible para que los herederos presenten la declaración. La liquidación sólo puede hacerse cuando se hace la declaración de los herederos.

Sin embargo, puede ser que a veces no se respete este plazo, especialmente cuando hay un bloqueo que causa un retraso. Este bloqueo puede ser consecuencia de uno o más desacuerdos de los sucesores. Como resultado, el notario solo puede resolver la sucesión si todos los sucesores están de acuerdo y firman la escritura de devolución de la sucesión. 

Así, este plazo puede ampliarse por tantos días como sea necesario para que puedas disponer de 60 días desde el cierre del inventario para tomar esta decisión.  

PD : Si la declaración se presenta más de seis meses después de la muerte, recibe intereses de demora (0.2% por mes, más una multa del 10% a partir del decimotercer mes después de la muerte).

¿Renuncia, aceptación y mala fe?

1. Renuncia
Usted tiene derecho a renunciar a un patrimonio. Este es el caso cuando las deudas totales del fallecido superan el valor de la propiedad dejada como herencia. 
La renuncia se realiza mediante escritura notarial, es decir, rellenar una declaración de renuncia a través del formulario Cerfa n° 15828-05. Puede rellenarlo previamente en línea antes de enviarlo al notario o al registro del tribunal del último domicilio del fallecido.

2. Aceptación
Si acepta un patrimonio, debe pagar sus deudas. Sin embargo, generalmente no está obligado a pagar la parte de las deudas que excede el valor de la propiedad heredada.
Sin embargo, usted puede ser considerado responsable de las deudas que excedan el valor de la propiedad recibida si, por ejemplo, no hizo un inventario de la propiedad del fallecido.
Algunas acciones omitidas pueden resultar en la aceptación de la herencia, incluso si no hay un acuerdo formal. La razón es que, de acuerdo con la ley, se presume que ha aceptado la sucesión si:
  • Use la propiedad en el patrimonio como si fuera su propiedad personal;
  • exceder los plazos prescritos para renunciar a la herencia;
  • Eximir al liquidador de hacer un inventario de los bienes del fallecido.

3. Mala fe
Incluso si ha aceptado la sucesión, se considerará que la ha rechazado si, de mala fe:
  • ha tomado u ocultado bienes de la herencia;
  • Usted no reportó la propiedad de la sucesión al liquidador en el momento del inventario de propiedades.

Cabe señalar que la muerte también pone fin a los compromisos que el fallecido habría hecho actuando como fiador de otra persona o dando fe de otra persona.
Ce qu’il faut retenir :
  • Debe presentar una declaración de sucesión dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de fallecimiento si ocurre en Francia. Se prevé un período de 12 meses para las muertes ocurridas fuera de Francia (excepto en casos especiales para Mayotte y Reunión).
  • La intervención de un notario no es sistemática. La ley establece que un notario debe intervenir necesariamente sólo en ciertos casos.
  • En principio, y de acuerdo con la normativa legal y fiscal aplicable, el notario dispone de un plazo de 6 meses desde el fallecimiento para liquidar una sucesión. 
  • Este período también corresponde al tiempo disponible para que los herederos presenten la declaración.
  • Usted tiene el derecho de rechazar o aceptar una herencia.
  • En el caso de herederos múltiples, cada heredero debe aceptar la venta.
  • Si usted es el representante de un menor (padres o tutor) o un adulto protegido (tutor, curador, persona autorizada) que hereda, entonces debe liquidar el patrimonio en nombre de la persona que representa.

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